El Gobierno modifica la norma antidesahucios y prohíbe el desahucio si el okupa es vulnerable
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07/09/2021Existen múltiples recomendaciones para evitar que se produzcan ocupaciones ilegales de una vivienda en la que actualmente no resides habitualmente. Son similares a las de los robos y pasan por aparentar que la vivienda está habitada recogiendo el correo, levantando las persianas, encendiendo las luces, regando las plantas o haciendo visitas constantes al inmueble. Igualmente en un nivel diferente también puedes poner rejas en las ventanas, cerraduras inteligentes o servicios de circuitos cerrados de vídeovigilancia. Pero si aún con estas medidas has tenido la mala suerte de recibir la llamada de un vecino alertándote de que han entrado en tu propiedad es importante que tengas en cuenta también una serie de recomendaciones a aplicar a la mayor brevedad. Por un lado es importante que reacciones cuanto antes, a ser posible en las primeras cuarenta y ocho horas para que la policía pueda actuar sin necesidad de requerir una orden judicial. Si no ha sido así, y no llegas a tiempo para que se produzca la expulsión automática por allanamiento, puedes tomar dos vías: la de la negociación -más rápida y económica-; y la judicial.
La vía de la negociación es la primera de las maneras de afrontar una ocupación. Así es recomendable contar con asesoramiento en ambos casos. Empresas especializadas como Mediaokupas recurren a esta solución en un primer momento e incluso te acompañan en la segunda vía, la judicial si no se pudiera resolver por la primera. El proceso de negociación pasa en un primer momento por estudiar el caso y proveer a la empresa de la autorización formal para actuar en tu nombre. De esta forma te evitas tener que vivir situaciones desagradables o arriesgadas delegando en profesionales expertos. A continuación se planifican las actuaciones más convenientes. Éstas pueden pasar por contactar con los okupas o inquilinos problemáticos, realizar una vigilancia continuada e intentar llegar a una solución consensuada.
En caso de no lograrse la expulsión mediante la negociación se puede recurrir a la imposición de una demanda civil o penal. En estos casos se tramita una denuncia ante los cuerpos de seguridad o en el juzgado de guardia con documentos acreditativos de la propiedad y se estará a merced de la mayor o menor carga de trabajo del juzgado de turno prolongándose el caso al menos hasta dos años. Mientras tanto los okupas se benefician de la inviolabilidad del domicilio sin orden judicial que recoge la norma nacional.